Novedades de la aplicación
En el pase de datos desde cairen 2010
En el pase de datos desde caifis 2011
En el pase de datos fiscales desde la AEAT
En el cálculo del impuesto
En la impresión del impuesto
En el resto de utilidades de la aplicación
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Diferencias entre el cálculo del borrador y el realizado por cairen 2011 en contribuyentes con seguros de vida o invalidez contratados con anterioridad a 20 de enero de 2006 en los que sea de aplicación la reducción prevista en la disposición transitoria cuarta de la Ley 35/2006.
Se han detectado diferencias en el importe de la casilla 739 (cálculo de la compensación fiscal) que entendemos motivadas por una incorrecta cuantificación por parte de la AEAT.
Vea en Ampliar información qué criterios son seguidos por la AEAT y por cairen 2011.
En las pantallas de Inmobiliario y Partidas negativas, se habilita el chec "Actualizado en el ejercicio" para que el usuario pueda marcarlo. Este control se suma al control automático de la aplicación que marca esta casilla cada vez que se modifica algún dato en el registro.
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Novedades de la campaña
El pasado día 3 de mayo se celebró la III Jornada de asesores en la que se presentaron las novedades normativas y de cairen para la campaña 2011. Podrá descargar la documentación haciendo clic aquí.
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Suprimida la limitación, establecida por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2011, para la aplicación de la deducción a los contribuyentes cuya base imponible fuese inferior a 24.107,20€, a los efectos de la declaración en concepto de I.R.P.F. del ejercicio 2011, la deducción por inversión en vivienda habitual se podrá practicar por todos los contribuyentes, en las condiciones del artículo 68 citado, cualquiera que sea el importe de su base imponible.
Esto nos obliga a restaurar el cálculo de esta deducción con los mismos requisitos que en la campaña 2010, eliminando el tratamiento de la LPGE del 2011 así como su régimen transitorio.
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Adaptación de la aplicación a:
Para ampliar información sobre las novedades, entre por la opción de menú ATENCIÓN AL CLIENTE - Ayuda:
Con efectos desde 1 de enero de 2011 y vigencia indefinida el Apartado Uno del artículo 69 LPGE modifica el apartado 2 del artículo 23 de la LIRPF elevando, en los supuestos de arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda, la reducción del rendimiento neto de un 50 a un 60 por ciento. En el caso de que proceda la reducción del 100 por ciento del dicho rendimiento neto, la edad del arrendatario debe estar comprendida entre los 18 y 30 años (antes 35 años).
El apartado Dos artículo 69 LPGE añade una nueva disposición transitoria decimonovena a la LIRPF, estableciendo un régimen transitorio que mantiene la reducción del 100 por ciento hasta 35 años de edad del arrendatario, siempre que el contrato de arrendamiento se hubiera celebrado con anterioridad a 1 de enero de 2011.
cairen incorpora a la aplicación los controles necesarios para el cálculo de esta reducción. Añade a la calculadora de la reducción del 100 el control de régimen transitorio.
Con efectos desde 1 de enero de 2011, la deducción por inversión en vivienda habitual, únicamente será aplicable por los contribuyentes en aquellos ejercicios en los que su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales.
La base máxima de la deducción por adquisición, construcción, rehabilitación ó ampliación será:
La base máxima de la deducción por obras e instalaciones de adecuación en la vivienda habitual por razón de discapacidad, será:
El contribuyente podrá mantener a partir de 1.1.2011 el régimen de deducción por inversión en vivienda habitual vigente a 31.12.2010, siempre que:
cairen incorpora las casillas necesarias en la pantalla RENTA >>> Capital >>> Inmobiliario >>> botón: Vivienda Habitual:
Ambas recordarán, en caso de aplicación del régimen transitorio por rehabilitación, mejora u obras de adecuación, la necesidad de finalizar las obras antes del 1/1/2015.
Con efectos desde 01/01/2011 y vigencia indefinida el artículo 68 LPGE/11 modifica el apartado 7 del artículo 68 de la LIRPF, equiparando los importes de límite de base imponible de la deducción por alquiler de vivienda habitual con los de inversión en vivienda habitual, por lo que será aplicable por los contribuyentes en aquellos ejercicios en los que su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros.
Estos nuevos límites son tratados por cairen en el cálculo de esta deducción que, les recordamos, debe introducirse por la opción de menú RENTA >>> Capital >>> Inmobiliario >>> botón: Vivienda Habitual
cairen incorpora las casillas necesarias en la pantalla RENTA >>> Capital >>> Inmobiliario >>> botón: Deducción Obras:
La aplicación no permitirá introducir importes que superen las bases máximas acumuladas por vivienda, mostrando los avisos necesarios en cada supuesto.
Al realizar el cálculo, la aplicación:
Generará, si procediera, las partidas negativas relacionadas con las cantidades satisfechas en el ejercicio no deducidas por exceder de la base máxima anual.
Incorpora las nuevas deducciones:
Introducción de las novedades en deducciones autonómicas aprobadas para el 2011 para las Comunidades autonómicas de:
Se adapta el cálculo del IP, bajo la presunción que todas las CC.AA. regulan sus límites de acuerdo con los límites estatales.
Posibilidad de introducir el importe a facturar a los clientes. Para ello incluye, en la carta de pago, una casilla nueva “A facturar por la asesoría (€)”.
Se habilita un LISTADO PERSONALIZADO para obtener la información de los importes facturados a los clientes (con la posibilidad de agruparlos por unidad familiar o desglosarlos por declarante): cairen 2011 - Datos facturación campaña Renta 2011.
Mejoras en el interfaz para el tratamiento de la cartera de valores.
Para mejorar el tratamiento de notas, permite visionar las notas introducidas desde cada ejercicio.