Novedades de la aplicación

Versión 01.12 (04/06/2012)

Novedades y mejoras

  • Modelo 102:
    Habilitamos la opción de menú y la plantilla de la AEAT en formato PDF.

Correcciones a la versión anterior

En el pase de datos desde cairen 2010

  • No hay correcciones.

En el pase de datos desde caifis 2011

  • No hay correcciones.

En el pase de datos fiscales desde la AEAT

  • No hay correcciones.

En el cálculo del impuesto

  • En el cálculo de la deducción por obras en vivienda de la declaración individual del cónyuge estaba controlando el límite máximo de la suma de las bases tomando las bases del contribuyente. Esto provocaba que si el contribuyente tenía bases que impedían la aplicación de la deducción tampoco la aplicaba al cónyuge aun cuando éste último tuviera derecho.
    En el momento de la actualización se mostrará un listado con todos los declarantes afectados, para que la renta del cónyuge pueda ser revisada.

En la impresión del impuesto

  • En la impresión del patrimonio, en declaraciones negativas se generaba un error de impresión al aparecer una cantidad negativa en base liquidable en vez de un cero.

En el resto de utilidades de la aplicación

  • Hemos identificado porqué se modificaba la configuración regional del equipo que provocaba que aparecían caracteres extraños en la liquidación. Se han introducido ajustes en el funcionamiento de la aplicación para evitar esta incidencia.

Versión 01.11 (28/05/2012)

Correcciones a la versión anterior

En el pase de datos desde cairen 2010

  • No hay correcciones.

En el pase de datos desde caifis 2011

  • No hay correcciones.

En el pase de datos fiscales desde la AEAT

  • No hay correcciones.

En el cálculo del impuesto

  • En el cálculo del patrimonio de un residente en Madrid, en pantalla de cálculo y liquidación mostraba la cuota minorada en vez de la cuota líquida, es decir, sin aplicar las bonificaciones autonómicas. Además existía un error en la escala madrileña que generaba un error de validación en el envío del modelo 714.

En la impresión del impuesto

  • En la declaración individual del declarante que vive en casa de su cónyuge (siendo un bien privativo de éste último), cuando el cónyuge propietario tenía derecho a aplicar la deducción por adquisición en vivienda habitual, aparecía en el Anexo A la fecha de adquisición de la vivienda y el número de identificación del préstamo hipotecario si existiera (ambos datos identificativos que no afectan al resultado de la declaración).
  • En la impresión del borrador del patrimonio no era capaz de abrir el borrador que correspondía al contribuyente en el caso de matrimonio donde resulten obligados los dos.

En el resto de utilidades de la aplicación

  • En la pantalla de grupo familiar, generaba un error cuando se intentaba borrar un ascendiente o un descendiente no perceptor de rentas.
  • En la pantalla de capital inmobiliario, cuando el usuario grababa un registro con reducción del 100%, ésta volvía a recalcularse aun cuando el usuario hubiera modificado a mano el importe.
  • Cuando, por algún motivo no identificado, se modificaba la configuración regional del equipo aparecían caracteres extraños en la liquidación. Se le dá solución reconfigurando la configuración regional en el momento del cálculo de la declaración.

Versión 01.10 (21/05/2012)

Atención

Diferencias entre el cálculo del borrador y el realizado por cairen 2011 en contribuyentes con seguros de vida o invalidez contratados con anterioridad a 20 de enero de 2006 en los que sea de aplicación la reducción prevista en la disposición transitoria cuarta de la Ley 35/2006.
Se han detectado diferencias en el importe de la casilla 739 (cálculo de la compensación fiscal) que entendemos motivadas por una incorrecta cuantificación por parte de la AEAT.
Vea en Ampliar información qué criterios son seguidos por la AEAT y por cairen 2011.

Novedades y mejoras

En las pantallas de Inmobiliario y Partidas negativas, se habilita el chec "Actualizado en el ejercicio" para que el usuario pueda marcarlo. Este control se suma al control automático de la aplicación que marca esta casilla cada vez que se modifica algún dato en el registro.

Correcciones a la versión anterior

En el pase de datos desde cairen 2010

  • No hay correcciones.

En el pase de datos desde caifis 2011

  • No hay correcciones.

En el pase de datos fiscales desde la AEAT

  • En el supuesto de intereses de activos financieros con derecho a bonificación, en relación a las retenciones deducibles llevadas a la casill 740 del modelo 100, se llevaba el 24% de retención (la retención total) en vez de el 22,80% (la retención bonificada).

En el cálculo del impuesto

  • No hay correcciones.

En la impresión del impuesto

  • Evita el error de impresión que se generaba cuando el domicilio actual del contribuyente estaba en una comunidad autónoma diferente de la comunidad a fecha de devengo.

En el resto de utilidades de la aplicación

  • Mejora las reglas de negocio de las pantalla de deducciones autonómias madrileñas y del chec "Actualizado en el ejercicio" de las deducciones por maternidad.

Versión 01.09 (14/05/2012)

Correcciones a la versión anterior

En el pase de datos desde cairen 2010

  • No hay correcciones.

En el pase de datos desde caifis 2011

  • Depura un error que a veces aparecía al solicitar el volcado de datos desde la pantalla recordatorio que se muestra al entrar en cada contribuyente y que impedía realizar ese volcado.

En el pase de datos fiscales desde la AEAT

  • En el supuesto de rendimientos de capital mobiliario procedentes de seguros de vida en los que no existiera reducción por rendimientos irregulares, cargaba una cantidad incorrecta en el apartado de "Compensación fiscal: reducción aplicable".

En el cálculo del impuesto

  • Mejora el cálculo de la deducción por maternidad. En los calculos realizados hasta esta versión se controlaba el requisito de la edad del descendiente y el límite de las cotizaciones realizadas. Se añade el control de la obligación de realizar una actividad por cuenta propia o ajena, es decir, al cuantificar la deducción no se tendrán en cuenta los meses en los que la cotización sea 0 € aunque se cumplan los dos primeros requisitos.

En la impresión del impuesto

  • No hay correcciones.

En el resto de utilidades de la aplicación

  • Mejora la velocidad de entrada en la aplicación.
  • Mejora la velocidad de entrada en los datos de la unidad familiar.

Versión 01.07 (10/05/2012)

Novedades y mejoras

  • Nuevos avisos y anomalías:
    Incluye nuevos avisos en el momento del cálculo relacionados con las novedades de impresión relacionadas con:
    • La obligación de identificar al otro progenitor en el caso de hijos con clave de vinculación D ó E.
    • La obligación de indicar el NIF del arrendador en el caso que la vivienda habitual, domicilio del declarante, sea arrendada.

    Ambos avisos permitirán grabar la declaración; pero tenga en cuenta que, de no cumplimentarse esta información, el módulo de impresión de la renta generará un error de validación.

    • Hemos detectado en algunas bases de datos que la deducción por maternidad aparecía cargada en varios registros cuando lo correcto es que aparezca en uno. Esta situación puede generar problemas a la hora de realizar el cálculo y la impresión del modelo 100, por ello se ha habilitado un aviso que se mostrará al calcular la declaración y que no permitirá grabarla. En caso de aparecer el siguiente aviso: Datos incorrectos en la deducción por maternidad, el usuario deberá volver a entrar en la opción de menú "Deducciones por maternidad" (sólo con entrar en la opción se eliminarán los registros de más).
  • Mejora en el volcado desde la AEAT:
    • Para evitar despistes en el momento del volcado se añade una nota aclaratoria en la pantalla principal del volcado de datos desde la AEAT.
    • Además, en caso de no aparecer enlazados los datos de alquiler o los datos de hipoteca con el bien inmueble que los genera, mostrará un aviso previo al volcado para que el usuario pueda completar la información.
  • Mejora en la pantalla de cumplimentación de datos de la deducción por obras en vivienda:
    • Para evitar dudas y errores en la cumplimentación de las casillas de deducción por obras en vivienda se añade una nota aclaratoria vinculada a cada casilla para que el usuario sepa, en cada momento, qué información debe rellenar.
  • Mejora en las pantallas de exploración:
    • Se incluyen en todas las pantallas la posibilidad de filtrar por perceptor. Para poder disponer de esta nueva utilidad es necesario que cada usuario borre su configuración de pantallas de cairen 2011 dentro del Registro de Windows, para ello debe entrar en el "Editor del Registro" y borrar la clave HKEY_CURRENT_USER\Software\CAI\Renta11.exe
  • Mejora en las consultas íntegras de los modelos 100 y 714:
    • Se ha revisado el funcionamiento de las consulta íntegras para incorporar la consulta de aquellos modelos enviados a través del número de referencia remito por la AEAT en el borrador/datos fiscales del declarante.

Correcciones a la versión anterior

En el pase de datos desde cairen 2010

  • No hay correcciones.

En el pase de datos desde caifis 2011

  • No hay correcciones.

En el pase de datos fiscales desde la AEAT

  • Se ha detectado una modificación en el formato de los registros de la AEAT en lo que a seguros de vida se refiere. La AEAT añade un campo más a este registro para el cálculo de la compensación fiscal por obtención de rendimientos de capital mobiliario irregulares. Al incluir este campo el dato de la retención quedaba desplazado de posición por lo que se volcaba con un valor incorrecto. Con esta versión se soluciona esta incidencia y se añade el volcado de la compensación fiscal.

En el cálculo del impuesto

  • En la reducción de aportaciones a planes de pensiones a favor del otro cónyuge, en determinados casos se grababa una partida negativa incorrecta.
  • En los sujetos pasivos residentes en comunidades autónomas con más de cuatro tramos en la escala autonómica (Andalucía, Asturias, Cantabria, Cataluña, Extremadura y Murcia) se ha detectado un error en el cálculo de la cuota autonómica para rentas altas.
    En el momento de la actualización se mostrará un listado con todos los contribuyentes afectados para que la renta vuelva a ser calculada.
  • Sólo calculaba la deducción por maternidad para hijos menores de 2 años, en vez de 3 años.
  • Se incluían los mínimos por descendiente en conjunta generados por hijos mayores de 18 años aun cuando se hubiera marcado que presentaban declaración.
  • En el cálculo de la obligación de declarar de sujetos pasivos de patrimonio por obligación real, se estaban aplicando las antiguas normas de la Ley de patrimonio, sin tener en cuenta que desde esta campaña a los sujetos pasivos por obligación real se les aplican los mismos requisitos que a los sujetos por obligación personal, es decir, sólo estarán obligados a declarar los sujetos pasivo con cuota positiva o, siendo negativa, con bienes por importe superior a 2.000.000€

En la impresión del impuesto

  • En la impresión del inmueble 3 - no afecto, de la página 04 el porcentaje de titularidad aparecía divido por 100.
  • Se soluciona un error en la validación del modelo, que impedía su presentación, en las declaraciones en las que se incluían cantidades en la casilla 383 del modelo 100 (Pérdidas patrimoniales en la transmisión de otros inmuebles).
  • Se soluciona un error en la validación del modelo, que impedía su presentación, cuando el declarante es residente en Castilla la Mancha.

En el resto de utilidades de la aplicación

  • Se ha revisado el funcionamiento de la pantalla de capital inmobiliario para dar solución a algunas anomalías detectadas en el momento de revisar la información introducida.
  • Se ha revisado el funcionamiento de la vinculación entre las pantalla de capital mobiliario y de mobiliario en patrimonio.
    En el momento de la actualización se mostrará un listado con todos los contribuyentes en los que este enlace no haya funcionado correctamente.

Novedades de la campaña

El pasado día 3 de mayo se celebró la III Jornada de asesores en la que se presentaron las novedades normativas y de cairen para la campaña 2011. Podrá descargar la documentación haciendo clic aquí.

Versión 01.05 (04/05/2012)

Correcciones a la versión anterior

En el pase de datos desde cairen 2010

  • No hay correcciones.

En el pase de datos desde caifis 2011

  • No hay correcciones.

En el pase de datos fiscales desde la AEAT

  • Aunque mostraba en pantalla los rendimientos explícitos de capital mobiliario, no los volcaba a la base de datos del contribuyente.

En el cálculo del impuesto

  • No hay correcciones.

En la impresión del impuesto

  • En la generación de envíos telemáticos a la AEAT del modelo 100. Se adapta la aplicación a los cambios realizados por la AEAT en su página Web relativos a las variables de envío de ficheros.
  • En ocasiones generaba un error de impresión al obtener el modelo 100 por incompabitilidad de información en las deducciones autonómicas. Este error sólo se ocasionaba si alguno de los contribuyentes de la base de datos es residente en Cataluña.
  • Soluciona el siguiente error de formato en la obtención del modelo 100: E060350 Tipo de dato numérico erróneo en la página 06 campo 0xx.
  • En la impresión de la página 04 del modelo llevaba una cantidad incorrecta a la reducción por arrendamientos de inmuebles destinados a vivienda (aunque el cálculo de los rendimientos netos reducidos totales era correcto).

En el resto de utilidades de la aplicación

  • La aplicación no permitía introducir un nuevo ascendiente imputable al cónyuge al generar un aviso de validación incorrecto.
  • Mejora las reglas de negocio aplicadas en las pantalla de rendimientos del trabajo y capital mobiliario.

Versión 01.04 (02/05/2012) - INICIO DE CAMPAÑA

Legislación

  • Orden HAP/638/2012, de 26 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2011, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención o puesta a disposición, modificación y confirmación o suscripción del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios telemáticos o telefónicos.
  • Orden HAP/848/2012, de 26 de abril, por la que se reducen para el período impositivo 2011 los índices de rendimiento neto y el índice corrector por piensos adquiridos a terceros aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales.

Novedades y mejoras

  • Volcado de datos fiscales desde la AEAT:
    • Mejoras en la visualización de los datos a volcar:
      Permite visulizar en una tabla a todos los miembros del grupo familiar antes de realizar el volcado de datos.
    • Amplía el volcado de información a los bienes inmuebles (y derechos reales) de patrimonio.
  • Índices de rendimiento neto y el índice corrector por piensos adquiridos a terceros aplicables en módulos:
    Adapta la aplicación a las modificaciones introducidas por la Orden HAP/848/2012, de 26 de abril (BOE 27/04).
  • Deducción por maternidad:
    Introduce el cálculo automático de la deducción por maternidad atendiendo a las cotizaciones a la Seguridad social que haya practicado el progenitor.
  • Modelos oficiales:
    • Habilita la impresión en papel y generación de fichero para envío telemático del modelo 100 de la renta.
    • Habilita la generación del fichero para envío telemático del modelo 714 del patrimonio:
      El modelo 714 no podrá presentarse en papel
  • Mejora en relación a la versión 01.03 subida el pasado 30 de abril:
    Depura una consulta que se realizaba en el momento del cálculo para evitar que genere un error en las bases de datos en las que existen bienes en capital inmobiliario sin porcentaje de imputación asignado.

Versión 01.01 (21/03/2012) - VERSIÓN PRE-VISIONAL (Real Decreto-ley 20/2011)

Legislación

  • Ley 12/2011, de 26 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas (Comunidad Autónoma de Galicia).
  • Real Decreto-ley 20/2011 de medidas urgentes para la corrección del déficit público.

Novedades y mejoras

  • Deducción por inversión en vivienda habitual:

    Suprimida la limitación, establecida por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2011, para la aplicación de la deducción a los contribuyentes cuya base imponible fuese inferior a 24.107,20€, a los efectos de la declaración en concepto de I.R.P.F. del ejercicio 2011, la deducción por inversión en vivienda habitual se podrá practicar por todos los contribuyentes, en las condiciones del artículo 68 citado, cualquiera que sea el importe de su base imponible.

    Esto nos obliga a restaurar el cálculo de esta deducción con los mismos requisitos que en la campaña 2010, eliminando el tratamiento de la LPGE del 2011 así como su régimen transitorio.

Correcciones a la versión anterior

En el pase de datos desde cairen 2010

  • Se vuelcan los registros correspondientes a las deducciones autonómicas para aquellos datos que puedan resultar útiles para recordar las deducciones aplicadas en el 2010.

En el pase de datos desde caifis 2011

  • Corrige el error que se producía al realizar un volcado desde la pantalla recordatorio de la existencia de rendimientos de actividades económicas.

En la impresión del impuesto

  • Opción no habilitada.

En el resto de utilidades de la aplicación

  • Corrige errores y mejora la apariencia y funcionamiento de algunas pantallas.

Versión 01.00 (28/11/2011) - VERSIÓN PRE-VISIONAL

Legislación

Adaptación de la aplicación a:

  • Introducción de las novedades incluidas en la LPE 2011 (Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011).
  • Nueva deducción por obras de mejora en la vivienda habitual (Real Decreto-Ley 5/2011, de 29 de abril, de medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de viviendas).
  • Deducciones autonómicas gallegas (Ley 15/2010, de 28 de diciembre, de la Comunidad Autónoma de Galicia, de medidas fiscales y administrativas).
  • Otras deducciones autonómicas (Andalucía, Asturias, Madrid y Cataluña).
  • Real Decreto-ley 13/2011, de 16 de septiembre, por el que se restablece el impuesto sobre el patrimonio, con carácter temporal.

Novedades y mejoras

Para ampliar información sobre las novedades, entre por la opción de menú ATENCIÓN AL CLIENTE - Ayuda:

  • Adaptación de la aplicación a las novedades normativas de la LPGE/11:
    • Actualización de valores de topes y porcentajes.
    • Nuevas escalas (estatal y autonómica).
    • Nuevas deducciones por actividades prioritarias de mecenazgo durante 2011.
  • Novedades en la reducción por alquiler de vivienda habitual:

    Con efectos desde 1 de enero de 2011 y vigencia indefinida el Apartado Uno del artículo 69 LPGE modifica el apartado 2 del artículo 23 de la LIRPF elevando, en los supuestos de arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda, la reducción del rendimiento neto de un 50 a un 60 por ciento. En el caso de que proceda la reducción del 100 por ciento del dicho rendimiento neto, la edad del arrendatario debe estar comprendida entre los 18 y 30 años (antes 35 años).

    El apartado Dos artículo 69 LPGE añade una nueva disposición transitoria decimonovena a la LIRPF, estableciendo un régimen transitorio que mantiene la reducción del 100 por ciento hasta 35 años de edad del arrendatario, siempre que el contrato de arrendamiento se hubiera celebrado con anterioridad a 1 de enero de 2011.

    cairen incorpora a la aplicación los controles necesarios para el cálculo de esta reducción. Añade a la calculadora de la reducción del 100 el control de régimen transitorio.

  • Novedades en la deducción por inversión en vivienda habitual:

    Con efectos desde 1 de enero de 2011, la deducción por inversión en vivienda habitual, únicamente será aplicable por los contribuyentes en aquellos ejercicios en los que su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales.

    La base máxima de la deducción por adquisición, construcción, rehabilitación ó ampliación será:

    • Cuando la base imponible sea igual o inferior a 17.707,20 euros anuales: 9.040 euros anuales.
    • Cuando la base imponible esté comprendida entre 17.707,20 y 24.107,20 euros anuales: 9.040 euros – 1,4125 x (Base Imponible – 17.707,20)

    La base máxima de la deducción por obras e instalaciones de adecuación en la vivienda habitual por razón de discapacidad, será:

    • Cuando la base imponible sea igual o inferior a 17.707,20 euros anuales: 12.080 euros anuales.
    • Cuando la base imponible esté comprendida entre 17.707,20 y 24.107,20 euros anuales: 12.080 euros – 1,8875 x (Base Imponible – 17.707,20)

    El contribuyente podrá mantener a partir de 1.1.2011 el régimen de deducción por inversión en vivienda habitual vigente a 31.12.2010, siempre que:

    • En caso de adquisición, construcción, rehabilitación ó ampliación, su base imponible sea superior a 17.724,90 euros anuales y con anterioridad a 1.1.2011 hubiera:
      • Adquirido jurídicamente su vivienda habitual.
      • Satisfecho cantidades destinadas a la construcción de su vivienda habitual.
      • Satisfecho cantidades destinadas a rehabilitación o ampliación de vivienda habitual, siempre que estas obras finalicen antes de 1.1.2015. En caso de incumplimiento de este plazo, deberán regularizarse las deducciones practicadas.
    • En caso de obras e instalaciones de adecuación en la vivienda habitual por razón de discapacidad su base imponible sea superior a 17.738,99 euros anuales y con anterioridad a 1.1.2011 hubiera satisfecho cantidades, siempre que estas obras finalicen antes de 1.1.2015. En caso de incumplimiento de este plazo, deberán regularizarse las deducciones practicadas.

    cairen incorpora las casillas necesarias en la pantalla RENTA >>> Capital >>> Inmobiliario >>> botón: Vivienda Habitual:

    • “Fechas: inicio de entregas para obras de construcción. Rehabilitación y mejora (a finalizar antes del 1/1/2015)” – Indique la fecha de la primera entrega de cantidades destinadas a la construcción, rehabilitación o ampliación de vivienda habitual.
    • El programa calculará si procede o no la aplicación del régimen transitorio de la deducción por inversión en vivienda habitual en base a esta fecha y a la fecha de adquisición (si procediera deducción por adquisición de vivienda habitual).
    • Se añaden dos nuevos avisos – anomalías en relación a este tema:
      • Aplicación del régimen transitorio de la deducción por rehabilitación o ampliación de vivienda habitual.
      • Aplicación del régimen transitorio de la deducción por obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual de personas con discapacidad.

    Ambas recordarán, en caso de aplicación del régimen transitorio por rehabilitación, mejora u obras de adecuación, la necesidad de finalizar las obras antes del 1/1/2015.

  • Novedades en la deducción por alquiler de la vivienda habitual:

    Con efectos desde 01/01/2011 y vigencia indefinida el artículo 68 LPGE/11 modifica el apartado 7 del artículo 68 de la LIRPF, equiparando los importes de límite de base imponible de la deducción por alquiler de vivienda habitual con los de inversión en vivienda habitual, por lo que será aplicable por los contribuyentes en aquellos ejercicios en los que su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros.

    Estos nuevos límites son tratados por cairen en el cálculo de esta deducción que, les recordamos, debe introducirse por la opción de menú RENTA >>> Capital >>> Inmobiliario >>> botón: Vivienda Habitual

  • Deducción por obras de mejora en la vivienda:

    cairen incorpora las casillas necesarias en la pantalla RENTA >>> Capital >>> Inmobiliario >>> botón: Deducción Obras:

    • “Ejercicios anteriores: Importe total de cantidades invertidas en obras de mejora que generaron el derecho a esta deducción”
    • “Cantidades invertidas en vivienda habitual entre el 01/01/2011 y el 06/05/2011”
    • “Cantidades invertidas desde el 07/05/2011”
    • “Porcentaje total en la propiedad de la vivienda de todos los contribuyentes con derecho a aplicar la deducción”

    La aplicación no permitirá introducir importes que superen las bases máximas acumuladas por vivienda, mostrando los avisos necesarios en cada supuesto.

    Al realizar el cálculo, la aplicación:

    • Calculará la base máxima anual de esta deducción:
    • Calculará el importe de la deducción con el límite de la base máxima anual.
    • Aplicará las inversiones pendientes del ejercicio 2011.

    Generará, si procediera, las partidas negativas relacionadas con las cantidades satisfechas en el ejercicio no deducidas por exceder de la base máxima anual.

  • Nuevas deducciones autonómicas gallegas:

    Incorpora las nuevas deducciones:

    • Por acogimiento.
    • Por inversión en acciones en entidades que cotizan en el segmento de empresas en expansión del Mercado Alternativo Bursátil.
    • Por inversión en la adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades nuevas o de reciente creación.
  • Resto de deducciones autonómicas:

    Introducción de las novedades en deducciones autonómicas aprobadas para el 2011 para las Comunidades autonómicas de:

    • Andalucía (Ley 11/2010, de 3 de diciembre, de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de medidas fiscales para la reducción del déficit público y para la sostenibilidad).
    • Asturias (Ley 5/2010, de 9 de julio, del Principado de Asturias, de medidas urgentes de contención del gasto y en materia tributaria para la reducción del déficit público).
    • Madrid (Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre, de la C.A. de Madrid, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el TR de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado)
    • Inclusión de Cataluña en el cálculo automático de las deducciones autonómicas.
  • Patrimonio:

    Se adapta el cálculo del IP, bajo la presunción que todas las CC.AA. regulan sus límites de acuerdo con los límites estatales.

  • Mejoras a la versión del año anterior:
    • Mejoras en la selección y visualización de la información: mejora en el acceso del usuario a cada una de las opciones de menú, incluyendo:
      • Botonera de acceso rápido.

      • Video
          Mejoras en la visualización de la información contenida en cada opción de cairen, permitiendo realizar búsquedas rápidas y personalizar las columnas visualizadas. Podrán ver una demostración de la nueva interfaz de la aplicación pinchando en el icono.
    • En capital inmobiliario: recoge un nuevo botón calculadora que permitirá calcular de una vez todas las rentas de capital inmobiliario para todos los inmuebles con un uso 2 - Vacío.
    • Mejora de avisos existentes y nuevos avisos:
      • En caso de familias con dos hijos, siendo uno de ellos discapacitado, avisa de la posibilidad de aplicar beneficios por ser familia numerosa en Galicia.
      • En caso de ganancia patrimonial con ocasión de la venta de la vivienda habitual por mayores de 65 años, avisa de la exención de la que podría beneficiarse (artículo 33.4 LIRPF).
      • En caso de aplicación del régimen transitorio de la deducción por rehabilitación o ampliación de vivienda habitual o por obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual de personas con discapacidad, avisará de la necesidad de finalizar las obras antes del 1/1/2015
    • Datos de facturación de servicios a clientes:

      Posibilidad de introducir el importe a facturar a los clientes. Para ello incluye, en la carta de pago, una casilla nueva “A facturar por la asesoría (€)”.

      Se habilita un LISTADO PERSONALIZADO para obtener la información de los importes facturados a los clientes (con la posibilidad de agruparlos por unidad familiar o desglosarlos por declarante): cairen 2011 - Datos facturación campaña Renta 2011.

    • Cartera de valores:

      Mejoras en el interfaz para el tratamiento de la cartera de valores.

    • Notas:

      Para mejorar el tratamiento de notas, permite visionar las notas introducidas desde cada ejercicio.

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