TÉRMINOS DE CONTRATACIÓN
ANTES DE UTILIZAR caiconta,
LEA DETENIDAMENTE EL PRESENTE CONTRATO DE LICENCIA DE ARRENDAMIENTO DE
SOFTWARE EN LA NUBE (EN ADELANTE DENOMINADO "CONTRATO"). LA
UTILIZACIÓN DE caiconta SE
INTERPRETARÁ COMO UN HECHO INEQUÍVOCO DE QUE ACEPTA LOS TÉRMINOS Y
CONDICIONES DE ESTE CONTRATO. |
1. ACEPTACIÓN DE TÉRMINOS
Y CONDICIONES DE CONTRATACIÓN.
Los términos y condiciones de contratación, serán aceptados marcando la casilla "He leído y acepto los términos y condiciones de contratación" entre CAI Sistemas Informáticos, S.L. (en adelante "CAI Sistemas") y el cliente actuando como empresario o profesional, (en adelante "Arrendatario").
Los datos identificativos del Arrendatario son los
introducidos en el momento de realizar la contratación a través del formulario
establecido al efecto. Todos los datos incluidos en él han sido informados
directamente por el Arrendatario, por lo que la responsabilidad sobre la
autenticidad y la calidad de los mismos corresponde directa y exclusivamente al
mismo.
2. OBJETO DEL CONTRATO.
1. El objeto del presente contrato está constituido
por el arrendamiento, a favor del Arrendatario, del uso del paquete informático
desarrollado por CAI Sistemas, caiconta (en adelante "Aplicación").
2. La Aplicación estará disponible a través de la web
www.portalcai.es
3. Se trata de un arrendamiento de uso no exclusivo e
intransferible por el Arrendatario, concedido únicamente para su propio uso
empresarial o profesional interno y sujeto a las condiciones de este contrato.
3. PROCESO DE
CONTRATACIÓN.
1. Para la contratación del servicio el Arrendatario
deberá registrarse proporcionando y cumplimentando los campos obligatorios
establecidos en el formulario disponible al pulsar la opción “Regístrate” que encontrará en la propia web de la Aplicación, eligiendo un NIF, un nombre de usuario y una
contraseña para el acceso al servicio una vez confirmada la contratación y
aceptando sin reservas las condiciones recogidas en el presente contrato. Una
vez registrado el usuario, este contrato desplegará todos sus efectos.
2. CAI Sistemas enviará, al correo electrónico facilitado por
el Arrendatario, una comunicación de confirmación y un enlace a través del cual
se activará el servicio contratado.
3. En su condición de empresarios o profesionales, CAI Sistemas
y el Arrendatario acuerdan excluir la obligación establecida en el artículo 28
de la Ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio
Electrónico relativa a la confirmación de la recepción de la aceptación de la
oferta.
4. CONDICIONES
ECONÓMICAS.
1. El Arrendatario habrá de abonar la cuota establecida, cuyo importe dependerá de las funcionalidades de la Aplicación, una serie de registros, y en su caso un importe mínimo.
2. La cuota establecida, no incluye los módulos adicionales que a tal efecto desarrolle CAI Sistemas para la Aplicación, y que se contratan de forma separada.
3. Las cuotas serán revisadas en enero de cada año en función de las oscilaciones del mercado, costes internos de operación y las variaciones del Índice de Precios al Consumo
4. El retraso en el pago, total o parcial, por parte del Arrendatario de las cantidades facturadas por CAI Sistemas devengará un interés de demora anual equivalente al interés legal del dinero incrementado en dos (2) puntos porcentuales, y facultará a CAI Sistemas para suspender o cancelar el servicio contratado.
5. Se considera demora el impago pasados diez (10) días naturales desde el día siguiente a la fecha de vencimiento del recibo emitido por CAI Sistemas al Arrendatario.
6. Dicho impago facultará a CAI Sistemas para suspender, en los términos de la cláusula (9) ACCESO AL PROGRAMA, de forma cautelar, el servicio prestado, previa comunicación al Arrendatario. Transcurridos treinta (30) días naturales desde la suspensión cautelar, CAI Sistemas dará por resuelto el contrato si el Arrendatario no ha satisfecho, en dicho plazo, la totalidad de la deuda. No obstante, en el caso de que el Arrendatario abone la cantidad adecuada dentro del plazo establecido, CAI Sistemas procederá a restablecer el servicio de la forma más rápida posible desde el día siguiente hábil a aquel en que haya tenido conocimiento del pago efectuado.
5. ENTRADA EN VIGOR Y
DURACIÓN.
1. El contrato entrará en vigor en el momento de su
aceptación.
2. El plazo de contratación del servicio será de un
(1) año. Transcurrido dicho plazo, el contrato se renovará tácitamente por
periodos de un (1) año salvo que cualquiera de las partes manifieste su
voluntad contraria a la prórroga, de forma fehaciente, con una antelación
mínima de quince (15) días naturales a la finalización del contrato o de la
correspondiente renovación. Durante la vigencia del contrato CAI Sistemas prestará el
Servicio de Soporte y Mantenimiento descrito en el apartado 2.2 de la cláusula
(6) OBLIGACIONES DE LAS PARTES del presente contrato.
3. En el supuesto de que el Arrendatario solicitara la
baja en el servicio, total o parcialmente, antes de haber transcurrido el
periodo vigente, CAI Sistemas exigirá el abono de la totalidad de las cuotas mensuales
restantes hasta el final de dicho periodo.
6. OBLIGACIONES DE LAS
PARTES.
1. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL ARRENDATARIO.
1.1. El Arrendatario debe cumplir con la obligación
principal del contrato, esto es, el abono de los servicios contratados. Además,
deberá actuar lealmente y de buena fe, obligándose a:
- No utilizar los servicios contratados para realizar
actividades contrarias a la ley, a la moral y al orden público ni a utilizar
los servicios con fines ilícitos, lesivos de derechos e intereses de terceros,
declinando CAI Sistemas cualquier responsabilidad que de ello se pudiera derivar.
- No transmitir, difundir o poner a disposición de
terceros, a través de los servicios contratados, informaciones, mensajes,
gráficos, archivos de sonido, imágenes, software y en general, cualquier
contenido que atente contra los derechos fundamentales y libertades públicas
reconocidas constitucionalmente, así como aquellos que infrinjan los derechos
de propiedad intelectual o industrial de terceros.
- Preservar la confidencialidad e integridad de los
mecanismos de acceso a los servicios proporcionados por CAI Sistemas, declinando esta
cualquier responsabilidad que de su pérdida o intromisión ilegítima se pudiera
derivar.
- El Arrendatario no podrá realizar modificación
alguna ni podrá realizar por sí o autorizar a terceros la realización de
versiones sucesivas de la Aplicación. El Arrendatario no utilizará técnicas de
ingeniería inversa ni podrá descompilar ni desensamblar la Aplicación.
- Este contrato de arrendamiento de software en la
nube no supone la venta del programa ni de ninguno de los derechos que CAI Sistemas
ostenta sobre el mismo, por lo que el Arrendatario no podrá revenderlo ni
transferirlo a terceros, ni podrá arrendar, alquilar o prestar el software
objeto del presente contrato de arrendamiento.
- El Arrendatario se compromete a hacer un uso
diligente de los mecanismos de acceso al servicio, a mantener el secreto y
confidencialidad de los mismos, y a no ceder su uso a terceros, ya sea temporal
o permanente, ni a permitir su acceso a personas ajenas. Así mismo, el
Arrendatario habrá de comunicar fehacientemente a CAI Sistemas el extravío, robo o
acceso no autorizado a dichos mecanismos de acceso en el menor plazo de tiempo
posible, con el fin de que CAI Sistemas tome las medidas oportunas. Mientras no se
comuniquen tales hechos, CAI Sistemas quedará exonerada de cualquier responsabilidad que
pudiera derivarse del uso indebido de los mecanismos de acceso al servicio por
terceros no autorizados.
1.2. La información transmitida o albergada en
cualquiera de sus formas a través del servicio contratado pertenece al
Arrendatario, y CAI Sistemas no será responsable de dicha información.
1.3. El Arrendatario es el único responsable de la
selección de la Aplicación en cuanto a la idoneidad de dicho software para
obtener los resultados proyectados, reconociendo su carácter de software
estándar y aceptando cualquier actualización, modificación o mejora que
complemente o sustituya al producto original. Asimismo, el Arrendatario conoce
los requerimientos técnicos mínimos del sistema informático para el correcto
funcionamiento de la Aplicación.
1.4. El Arrendatario es el único responsable de
salvaguardar los datos introducidos en la Aplicación de forma previa a la
finalización o resolución del contrato, para así evitar la pérdida de los mismos.
2. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE CAI SISTEMAS
2.1. CAI Sistemas se compromete a prestar los servicios
contratados de acuerdo al presente contrato. Para un mejor cumplimiento del
servicio, CAI Sistemas podrá modificar las características de la Aplicación con la
finalidad de adaptarla a cambios técnicos o a cambios normativos, incorporar
nuevas funcionalidades, corregir errores o mejorar prestaciones, incluso cuando
ello conlleve una modificación en el funcionamiento de la Aplicación.
2.2. CAI Sistemas se compromete, con los límites que más
adelante se establecen, a mantener el buen funcionamiento de la Aplicación
durante la vigencia del contrato. El Arrendatario podrá notificar las dudas o
consultas surgidas como consecuencia del acceso al servicio contratado a través
de los siguientes medios:
- Servicio de Atención Telefónica: El horario de
atención establecido para el planteamiento de dudas o consultas será el
siguiente:
a) En el período comprendido entre el día 1 de octubre
y el 31 de mayo, el horario de atención será de lunes a jueves entre las 9 y
las 14 horas, y entre las 16 y las 18 horas, y los viernes entre las 9 y las 14
horas.
b) En el período comprendido entre el 1 de junio y el
30 de septiembre, el horario de atención será de lunes a viernes entre las 9 y
las 14 horas.
- Servicio de atención vía correo electrónico: El
Arrendatario podrá enviar un correo electrónico a la dirección:
caiconta@caisistemas.es.
- Servicio de acceso remoto: con el mismo horario que
la Atención Telefónica.
CAI Sistemas proporcionará respuesta a las consultas planteadas
en un plazo máximo de 24 horas. A los efectos de este cómputo no se tendrán en
cuenta sábados, domingos y festivos.
En ningún caso el Servicio de Soporte y Mantenimiento
de la Aplicación incluyen los siguientes servicios:
a) El desplazamiento del personal técnico de CAI Sistemas a los
locales del Arrendatario. En caso de que el Arrendatario solicite dicho
desplazamiento se facturará según tarifa vigente.
b) El pase de datos, ya sea desde los archivos del Arrendatario, como desde otros programas informáticos que este viniera utilizando, cuando esta actuacón no sea expresamente contratada por el Arrendatario y sin perjuicio de que se pacte su retribución, si así lo convinieran las partes.
c) Configuración y optimización del hardware o red local para el correcto funcionamiento de la Aplicación.
d) La adaptación de la Aplicación a las circunstancias especiales del Arrendatario o a las nuevas necesidades de éste surgidas con el uso.
e) El Servicio de Soporte y Mantenimiento no se extiende a las incidencias producidas por el mal uso, la alteración o daño en la Aplicación atribuible al Arrendatario, a su personal o a terceros.
f) El Servicio de Soporte y Mantenimiento no se extiende a las incidencias surgidas por el uso de software de terceros.
2.3. CAI Sistemas realiza de forma transparente y sin
intervención alguna del Arrendatario, un servicio diario de copia de seguridad
de los datos alojados en la Aplicación. Para la recuperación de estos datos el
Arrendatario deberá ponerse en contacto con CAI Sistemas.
7. EXONERACIÓN DE
RESPONSABILIDAD DE CAI SISTEMAS.
1. La responsabilidad de CAI Sistemas se limita al cumplimiento
de sus obligaciones según el presente contrato.
2. Seguridad de los datos: el Arrendatario asume toda la responsabilidad por los datos almacenados o accesibles a través del servicio contratado, quedando expresamente exonerada CAI Sistemas de todo tipo de responsabilidad civil, penal, administrativa o de cualquier otra índole que pudiera derivarse de los mismos, de tal modo que el Arrendatario será el único responsable frente a cualquier reclamación o acción legal, judicial o extrajudicial iniciada por terceros perjudicados, asumiendo éste todos los gastos, costes e indemnizaciones que, en su caso, pueda asumir CAI Sistemas si la reclamación es dirigida contra ésta. CAI Sistemas queda exonerada de toda responsabilidad en el supuesto de pérdida de datos o de información del Arrendatario como consecuencia de la realización de la copia de seguridad y/o de recuperación de datos cuando sea debida a causas ajenas a CAI Sistemas, a fallos o incidencias en el software empleado, a la intervención de terceros no autorizados, a la culpa o negligencia del propio Arrendatario o a causas de fuerza mayor.
3. Privacidad y seguridad en la utilización de los
Servicios: CAI Sistemas se compromete a no utilizar ningún dato almacenado por el
Arrendatario, a través de la Aplicación, con fines distintos a los previstos en
el presente contrato. Asimismo CAI Sistemas adoptará todas las medidas posibles para
mantener la privacidad y seguridad en la utilización de los Servicios; sin
embargo, no garantiza que terceros no autorizados puedan acceder, interceptar,
eliminar, alterar, modificar o manipular de cualquier modo los contenidos que
el Arrendatario almacene o acceda a través de la Aplicación.
4. La responsabilidad de CAI SISTEMAS por los daños sufridos por el Arrendatario causados directamente por un mal funcionamiento de la aplicación se limitará a la cantidad abonada por el Arrendatario durante los últimos 12 meses.
En ningún caso CAI SISTEMAS será responsable por los daños y perjuicios sufridos por el Arrendatario, como consecuencia de un mal uso de la Aplicación ya sea por el propio Arrendatario o por sus empleados o clientes.
8. PROTECCIÓN DE DATOS DE
CARÁCTER PERSONAL.
1. Los datos de carácter personal serán tratados según los preceptos del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de datos de carácter personal y a la libre circulación de estos datos, y según las indicaciones de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
2. El tratamiento de datos que realice CAI Sistemas (encargado del tratamiento) por cuenta del Arrendatario (responsable del tratamiento) se rige por otro contrato, que trae causa del presente, y que vincula al encargado respecto del responsable y establece el objeto, la duración, la naturaleza y la finalidad del tratamiento, el tipo de datos personales y categorías de interesados, y las obligaciones y derechos del responsable, según lo establecido en el artículo 28 del Reglamento europeo.
3. Los firmantes quedan informados expresamente de que sus datos personales y aquellos otros que facilite en el futuro, serán tratados con la finalidad de gestionar la relación contractual. En cualquier momento podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión (derecho al olvido), limitación del tratamiento, portabilidad de datos, y oposición, mediante notificación escrita al efecto, dirigida a CAI Sistemas Informáticos, S.L. en C/ Coruña nº 21 - Bajo, C.P. 36208, Vigo, Pontevedra o bien en el siguiente correo electrónico: rgpd@caisistemas.es.
9. ACCESO AL PROGRAMA.
1.
El Arrendatario podrá acceder a la
Aplicación desde cualquier dispositivo con acceso a Internet que cumpla los
siguientes estándares técnicos:
-
El requisito mínimo recomendado para el
correcto funcionamiento de la aplicación se limita a tener instalado un
navegador web.
-
La aplicación funciona correctamente en las
versiones actuales de todos los navegadores, pero es importante tener en cuenta
que está optimizado para su ejecución en el navegador Google Chrome.
-
Sea cual sea el navegador utilizado,
será necesario habilitar:
o Cookies
o Java Script
-
Se trata de una aplicación
multiplataforma, que se adapta correctamente a diferentes sistemas operativos y
a diferentes dispositivos (PC, Mac, Tablet o Smartphone). Está concebido para
funcionar correctamente sobre Windows, Mac OS, Linux, Android e IOS.
2. CAI Sistemas no será responsable de los daños y perjuicios
de toda naturaleza que pudiera sufrir el Arrendatario y que puedan deberse a la
falta de disponibilidad o de continuidad del funcionamiento de dicho servicio
de alojamiento.
3. A efectos del presente contrato, se entenderá por
suspender el servicio impedir al Arrendatario el acceso a la Aplicación,
salvaguardando todos los datos almacenados.
10. ACCESO A LAS BASES DE
DATOS DEL ARRENDATARIO.
CAI Sistemas podrá acceder a los datos almacenados en las bases
de datos del Arrendatario únicamente a efectos estadísticos, para recopilar,
mantener, procesar y utilizar información de diagnóstico, información técnica,
de uso y cualquier otro tipo periódicamente para proporcionar y mejorar la
Aplicación y los servicios relacionados con la misma, como el servicio de
actualización de software, soporte técnico del producto y otros servicios que
se suministren con la aplicación o con el fin de verificar el cumplimiento de
los términos del arrendamiento.
11. DEBER DE CONFIDENCIALIDAD.
CAI Sistemas y el Arrendatario se obligan a no revelar, ceder o transferir a terceros ninguna información referente a los negocios, clientes, operaciones, instalaciones, procedimientos, métodos, transacciones, "know-how" o cualquier otro aspecto relacionado con la actividad de la contraparte que pudieran conocer o hayan conocido con motivo de la prestación de servicios prevista en el presente contrato.
No obstante, las Partes podrán usar o difundir Información Confidencial que:
a) sea de conocimiento público o llegue al conocimiento público por medios diferentes a una infracción del presente deber de Confidencialidad por cualquiera de las Partes, o
b) se haya generado, de forma independiente, por o para cualquiera de las partes, sin ninguna conexión con la Información Confidencial, y siempre que dicha generación pueda ser documentada por petición de la otra parte, o
c) fuera conocida por una de las partes con anterioridad a la fecha en la que la recibió de la otra parte, siempre que la parte que la recepcione lo pueda demostrar documentalmente, o
d) la información recibida proceda de un Tercero que no exija secreto, o
e) deba ser comunicada por ley o por requerimiento judicial o administrativo. En este caso, la Parte notificará inmediatamente a la otra parte de dicho requerimiento con el fin de que ésta pueda interponer las medidas cautelares oportunas, y no revelará más Información Confidencial que la que sea estrictamente requerida por la orden judicial o administrativa.
12. PACTO DE NO CONTRATACIÓN.
1. El Arrendatario se compromete a no contratar a persona alguna de las que prestan sus servicios para CAI Sistemas, ya sea de forma laboral o mercantil. La presente cláusula extenderá su vigencia incluso con posterioridad a la extinción del presente contrato y por un período de dos años.
2. En caso de incumplimiento del presente acuerdo, el Arrendatario estará obligado a indemnizar a CAI Sistemas con una cantidad igual a dos veces el salario anual estipulado según el convenio aplicable correspondiente a la categoría y circunstancias del trabajador contratado.
13. REGULACIÓN DE LOS
SERVICIOS DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN.
1. CAI Sistemas, como prestador de servicios de la sociedad de
la información y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 34/2002, de 11 de
julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico,
informa al Arrendatario de que no controla la utilización que este realice de
la Aplicación ni tiene conocimiento efectivo de si la actividad o la
información almacenada en sus servidores es ilícita o lesiona bienes o derechos
de un tercero.
2. Por tanto, CAI Sistemas, como prestador de un servicio de
intermediación consistente en albergar datos proporcionados por el
destinatario, no será responsable por la información almacenada a petición del
Arrendatario, siempre que:
a) No tenga conocimiento efectivo de que la actividad
o la información almacenada es ilícita o de que lesiona bienes o derechos de un
tercero susceptibles de indemnización, o
b) si lo tiene, actúe con diligencia para retirar los
datos o hacer imposible el acceso a ellos.
3. El Arrendatario es el único responsable de la
información albergada y de las actividades llevadas a cabo en virtud del
servicio contratado con CAI Sistemas, eximiendo a esta de cualquier responsabilidad que
tenga origen en dicha información o actividad relacionada con el contenido de
la información almacenada por el Arrendatario en los servidores de CAI Sistemas.
14. RESOLUCIÓN.
1. El presente contrato se podrá resolver por las siguientes causas:
a) Por acuerdo de ambas partes o por voluntad de cualquera de ellas, en este último caso, siempre que hubiera transcurrido el perído inicial mínimo de un año.
b) El incumplimiento de las condiciones estipuladas en
el contrato por cualquiera de las partes.
c) El incumplimiento por el Arrendatario de su obligación
de pago en los términos recogidos en el presente contrato o el incumplimiento
total o parcial de cualquiera de las obligaciones derivadas de este contrato
facultará a CAI Sistemas para darlo por resuelto, sin perjuicio de las acciones legales
oportunas que le asistan como consecuencia de los daños y perjuicios que motive
la resolución.
d) Que el Arrendatario proporcione a CAI Sistemas datos
identificativos incorrectos o engañosos.
2. En cualquier caso, la parte que pretenda resolver
el contrato alegando incumplimiento de la contraparte, deberá requerirle al
cumplimiento de la obligación de forma fehaciente, otorgándole un plazo de 10
días para que pueda subsanar dicho incumplimiento. Transcurrido dicho plazo sin
que el incumplimiento hubiese sido subsanado, el perjudicado podrá ejercitar la
mencionada facultad.
En el supuesto de que los incumplimientos fueren de
imposible subsanación en el plazo de 10 días, el perjudicado podrá ejercitar
directamente la facultad de resolución sin necesidad de remitir, previamente,
el antedicho requerimiento.
3. La Resolución del Contrato implicará el bloqueo del acceso a la aplicación de forma indefinida, solo permitiendo al Arrendatario el acceso para realizar copia de sus datos para la posible portabilidad, durante un periodo de diez días a partir de la fecha de resolución o baja del contrato.
Una vez transcurrido los diez días, CAI Sistemas procederá al borrado total de los datos del Arrendatario, y suprimirá las copias existentes.
15. GASTOS E IMPUESTOS.
1. Todos los gastos e impuestos que se originen como
consecuencia de la formalización, cumplimiento o extinción del presente
contrato y de las obligaciones que de él se deriven serán de cargo del
Arrendatario.
2. Igualmente, los gastos judiciales que se ocasionen
por incumplimiento del presente contrato serán por cuenta de la parte
incumplidora, incluidos honorarios del Procurador y Abogado aunque sus
intervenciones no fueran preceptivas.
16. PROPIEDAD INTELECTUAL.
1. La Aplicación, así como sus sucesivas versiones y
actualizaciones, son de exclusiva titularidad de CAI Sistemas y se encuentran protegidas
mediante los derechos de autor por lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley
de Propiedad Intelectual aprobado por RD Legislativo 1/1996, de 12 de Abril y
legislación en materia de Propiedad Industrial y de Competencia que le sea de
aplicación.
2. Los derechos de propiedad intelectual también
protegen los manuales y demás materiales de apoyo, información o documentación
que CAI Sistemas pueda proporcionar al Arrendatario.
3. En caso de violación de la mencionada legislación,
o de cualquier otra que impidiese o limitase los legítimos derechos de CAI Sistemas,
ésta podrá ejercer cuantas acciones estime convenientes en defensa de sus
intereses.
17. PROHIBICIÓN DE CESIÓN.
Este arrendamiento del uso de la Aplicación no supone venta
del producto ni de ninguno de los derechos que CAI Sistemas ostenta sobre el mismo, por
lo que el Arrendatario no podrá revenderlo ni transferirlo a terceros, no podrá
arrendar, alquilar o prestar el producto cedido.
18. LEGISLACIÓN APLICABLE
Y TRIBUNALES COMPETENTES.
1. El presente Contrato se regirá por lo establecido
en la Legislación Española.
2. Las Partes, acuerdan que para todo litigio,
cuestión o reclamación en cuanto a la interpretación, ejecución y efectos que
pudiera ocasionar el presente contrato serán competentes los Juzgados y
Tribunales de Vigo, renunciando expresamente a cualquier fuero que pudiera
corresponderles.
3. El presente contrato tiene carácter mercantil y se
regirá por sus propias cláusulas y, en lo en ellas no dispuesto, por lo
previsto en el Código de Comercio, demás leyes especiales y usos mercantiles.
19. GENERALIDADES.
1. El presente contrato anula y reemplaza cualquier
contrato o acuerdo anterior entre las partes con el mismo objeto y sólo podrá
ser modificado por un nuevo acuerdo firmado por ambas partes.
2. Si alguna de las cláusulas del presente contrato
fuere declarada nula o inaplicable, dicha cláusula se considerará excluida del
contrato, sin que implique la nulidad del mismo. En este caso las partes harán
cuanto esté a su alcance para encontrar una solución equivalente que sea válida
y que refleje debidamente sus intenciones.
Los encabezamientos de las distintas cláusulas lo son
sólo a efectos informativos, y no afectarán, calificarán o ampliarán la
interpretación de este Contrato.
Por favor, haznos llegar tus consultas o comentarios a través del siguiente formulario: